A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Bernal Cano Natalia·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- Requisitos
- Improcedencia
- Improcedencia general
- Requisitos formales y materiales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído la Corte se pronunció sobre varias solicitudes formuladas a la Corporación por la demandante y algunos ciudadanos.
En términos generales se solicitó: (i) nulidades; (ii) suspensión provisional de la norma objeto de control; (iii) requerimiento a la Procuraduría General de la Nación para que emita nuevo concepto y (iv) suspensión del proceso.
La Sala Plena decidió RECHAZAR todos los requerimientos y conminar a los peticionarios a que se abstengan de remitir escritos sobre cuestiones ajenas al debate jurídico dentro del proceso de la referencia.
Así mismo, les indicó que los documentos que envíen se deben ajustar a los criterios que se mencionan en las consideraciones de este auto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR por manifiestamente improcedente, las peticiones interpuestas como solicitud de nulidad presentada por la demandante del expediente D-15375 en contra de los autos del 6 de octubre y 14 de diciembre de 2023.
- SEGUNDO. RECHAZAR la solicitud de requerir a la Procuradora General de la Nación para que rinda un nuevo concepto en el expediente D-15375.
- TERCERO. RECHAZAR la solicitud de suspensión provisional de la norma demandada, esto es, del artículo 122 del Código Penal.
- CUARTO. RECHAZAR la solicitud de suspensión del proceso D-15375, solicitada por la demandante.
- QUINTO. En contra de este auto no procede recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.